Polonia, gran país, mejor pabellón. La bandera polaca
Nunca he estado en Gdansk, Polonia, pero estoy planteándome hacer un viaje por aquellas latitudes para conocer la ciudad del puerto base de mi nuevo barco. De hecho es una razón tan válida como cualquier otra para hacer turismo, conocer la ciudad en la que estudió, vivió y murió la primera mujer en dar la vuelta al mundo en solitario a bordo de un velero y de paso agradecer al gobierno de aquel país que facilite la matriculación de barcos de recreo sin que ello se convierta en un infierno burocrático, un gasto descomunal y se pueda comprar un barco no matriculado anteriormente en España, ponerlo a mi nombre y navegar sin problemas habiendo sido este construido antes de la entrada en vigor de la obligatoriedad del marcado CE, esto es, embarcaciones fabricadas antes de 1993.
Mi primer barco fue un Puma 27 que adquirí en La Pobla de Farnals, en Valencia, en el año 1997, un barco construído en 1980 por el desaparecido astillero Nao-glass siguiendo un diseño de Ron Holland. Se llamaba «Evasión» y navegaba bajo pabellón Español, por supuesto.
Mi segunda embarcación fue un salto cualitativo y de eslora. Se trataba de un Ronáutica RO 330 que compré nuevo y estrené en el año 2001. No es que me hubiera tocado la lotería ni nada, sino que en un arrebato me aventuré a financiar parte del importe del barco con un negocio que en aquel momento empezaba a despuntar en Galicia y estaba muy demandado: el chárter náutico.
De ese modo «El Pirata Camilín» navegó luciendo orgullosamente su diseño patrio salido del tablero de dibujo de Íñigo Toledo (Barracuda Yacht Design), su construcción patria, y en mí ría, la de Vigo, en Astilleros la Moa, (astillero desaparecido) y bajo su patriótico pabellón Español. El rojo y gualda con la corona azul en el centro me acompañaron hasta Mayo de este año, momento en el que tomé la decisión de cambiar mi programa de navegación y adquirir un barco escandinavo, de bañera central, robusto y asequible.
Y me decanté por el «Krabbe», un Malö 40 H, la unidad 330 de un total de 350 construidos en el astillero de Malö en Suecia entre los años 1974 y 1986.
«Krabbe» significa cangrejo, en danés y en español un problema para abanderar y registrar un barco extranjero del año 86
Tras haber pasado horas de búsqueda, escrito y contestado decenas de correos electrónicos interesándome por este o aquel barco, haciendo mis cálculos acerca del coste de traslado, posibles reparaciones y determinando lo mucho o poco que me entraba por la vista uno u otro modelo, finalmente me enamoré, esa es la palabra, de un Malö, un barco escandinavo de 10 metros que cumplía con todos los requisitos que estaba buscando.
Dos inconvenientes con los que no había contado, cegado como estaba por mi entusiasmo: el barco se encontraba en Fredericia, Dinamarca, y había sido construido mucho antes de 1993, concretamente el año 1986 y por tanto carecía de marcado CE. ¿Y qué significa que no tiene marcado CE?. Significa que no existe una documentación que acredite que el barco cumple con los requisitos que exige esa normativa que es básicamente una certificación acreditada documentalmente y regulada por la Unión Europea que garantiza el cumplimiento de los requisitos mínimos de calidad y seguridad según la directiva de la UE 2013/53 en función de sus características de diseño, ensamblaje y emisiones.
Por lo tanto este barco no tiene una placa con el marcado CE visible y el número de certificación que lo homologue. Las categorías de diseño según el marcado CE A, B, C, o D determinan el número de pasajeros y las condiciones de mar para las que la embarcación está preparada.
De este modo una embarcación que sale del astillero con una etiqueta de marcado CE con categoría de diseño A (Oceánico) estará preparada para navegar con vientos de más de fuerza 8 (escala Beaufort) y olas de más de 4 mts, si la categoría de es B (alta Mar), podrá navegar como máximo con vientos de Fuerza 8 y olas de hasta 4 mts, si la categoría es C (aguas costeras) estará preparada para navegar con vientos de hasta fuerza 8 y olas hasta 2 m. y si la categoría es D (aguas protegidas) el barco garantizará ser seguro con viento hasta fuerza 4 y olas hasta 0,5 metros.
El marcado CE demuestra que el fabricante ha evaluado el producto y por ello considera que cumple los requisitos de seguridad, sanidad y protección del medio ambiente exigidos por la Unión Europea.
No es homologable el registro de Lloyds
Ufano de mí pensé que sería homologable a la categoría A oceánica al incorporar el material de seguridad obligatorio y al exhibir la placa conforme el barco había sido sometido a la rigurosa inspección de la certificación de la Lloyd’s Register. Pero no. No podía resultar tan sencillo. Y mucho menos barato. Para poder abanderar bajo pabellón español mi nuevo barco viejo, debería contratar un ingeniero para hacer una homologación puntual de una sola unidad (PCA), yo sería considerado como “constructor” a los efectos derivados de la aplicación de la Directiva y por lo tanto así figuraría en la Declaración / Certificado de Conformidad que sería entregada junto con el resto de la documentación CE. Un follón y además carísimo. Mucho. ¡Inasumible para un particular de clase media con un pequeño capricho!. ¿Qué hacer?
¡Polska flaga!
Ante la imposibilidad de abanderar al barco bajo pabellón Español debido a los impedimentos económicos y la abrumadora cantidad de trámites burocráticos a realizar, opté por aprovecharme de mis situación de ciudadano de la Unión Europea, que para algo debería de servir, y buscar un pabellón oficial reconocido legalmente y que permitiera de forma sencilla el matricular el barco.
Y la solución está en Polonia. ¡Ese gran país que nos facilita el trámite administrativo de forma legal y segura! Pues sí. Resulta que abanderando tu barco en Polonia estarás cumpliendo con la obligatoriedad legal de tener registrada debidamente tu embarcación para poder navegar en aguas jurisdiccionales españolas.
Como ya sabrás, en España, las embarcaciones de recreo comprendidas entre 2,5 y 24 metros deben estar registradas. El Real Decreto 875/2014 sobre titulaciones náuticas, en sus disposiciones, establece que los ciudadanos españoles pueden tener registrada la embarcación en países extranjeros. Esta norma, junto con el resto de la legislación sobre la materia, llevan a muchos patrones y armadores a tener sus embarcaciones en banderas extranjeras, como la bandera polaca.
El Registro Marítimo de Polonia es una institución oficial dependiente del Ministerio de Economía Marina y Navegación Interior de Polonia. La principal característica y ventaja es que se trata de una bandera oficial, otorgada por un estado. Es decir, la Bandera Polaca es un Pabellón. El abanderamiento es definitivo y no caduca. La bandera polaca se paga una única vez y no tiene renovaciones. Se puede ser dueño y gobernar un barco con bandera de Polonia teniendo un título náutico español. ¿A que ya te va convenciendo la opción para poder matricular tu barco?
El Registro Marítimo de Polonia tiene un procedimiento administrativo abreviado y específico para barcos que no tienen documentos de registro previo que de otra forma no encontrarían una posibilidad de matricularse o inscribirse en España. Se consigue en un tiempo relativamente corto y con costes mas que razonables.
Pero no se acaban ahí las ventajas de la bandera polaca.
- El abanderamiento no caduca. Se paga tan sólo una vez. No hay necesidad de renovarlo, cosa que no ocurre con el pabellón español.
- Se puede poseer y gobernar un barco con bandera polaca teniendo un título náutico español.
- Se puede tener un MMSI de Polonia para el sistema SMSSM.Con bandera polaca, el MMSI se renueva cada 10 años.
- No hay que pasar la ITB
- No existen zonas de navegación, aunque la navegación sigue estando limitada por la categoría de diseño del barco y la titulación del patrón.
- Más allá de las 12 millas, el material de seguridad sólo requiere el marcado CE y no hay que sucumbir al baile de homologaciones de la DGMM. Tampoco es obligatorio contar con balsa salvavidas y EPIRB. Eso sí, dentro del límite las 12 millas, es obligatorio llevar a bordo el material de seguridad homologado en España.
Es decir, si tenemos el barco en bandera polaca, se debe cumplir con el material de seguridad exigido para zona 4, y sería aconsejable complementarlo con otros elementos de seguridad de las denominadas Zonas 3 y Zona 2. No hay que dejar de invertir en segurida.
Siempre que estemos navegando dentro del límite de las 12 millas y tengamos el material de seguridad exigido para la zona 4, nuestro barco de bandera Polaca cumplirá escrupulosamente lo exigido por las capitanías españolas
Requisitos para el abanderamiento en Polonia
Los requisitos para el abanderamiento en Polonia los establece el Registro Marítimo de Polonia para embarcaciones y buques. Es fácil cumplir con los prescritos para poder enarbolar la bandera polaca. La documentación a presentar para matricular un barco en Polonia depende del año de fabricación de la embarcación. Es decir, si tiene o no el marcado CE.
- Documento de adquisición del barco.
Si es de segunda mano, el contrato de compraventa que acredite la titularidad. Si la embarcación es nueva, la factura de compra, desglosada con el IVA correspondiente. - Certificado de baja del pabellón de procedencia.
- Fotografía a color en la que se aprecie el costado del barco
- Fotografía a color de la placa de número de serie (placa CE si la tuviera) o alguna placa identificativa del astillero.
- Fotografía a color del número de serie del motor.
- DNI del propietario registral o Pasaporte en vigor.
- Declaración de conformidad europea del casco
- Declaración de conformidad europea del motor
- En el caso de las embarcaciones anteriores a 1998, que no cuentan con certificados CE, Polonia acepta una declaración responsable del propietario junto con un certificado de navegabilidad emitido por otro país o informes técnicos (informe de la ITB, certificados de construcción…). Para los motores sin certificado CE, se aceptan documentos del fabricante identificativos del motor, por ejemplo, los manuales.
- Toda la documentación tiene que presentarse en polaco o acompañarse de traducción jurada.
- Apoderamiento (es imprescindible tener a una persona autorizada en Polonia, con lo cual es mucho más fácil realizar el tramite a través de una gestoría náutica
Independiente de la bandera del barco, la fiscalidad española obliga al pago de varios impuestos en España. Respecto a los impuestos no hay escapatoria.
- IVA: en el caso de embarcaciones compradas mediante factura. Si la factura es no sujeta a IVA por ser emitida por otro país, corresponde la liquidación del impuesto mediante el modelo establecido por la Agencia Tributaria.
- Impuesto de transmisiones ITP: en el caso de que la adquisición sea por contrato. Este impuesto es de jurisdicción de las comunidades autónomas.
- Impuesto especial sobre determinados medios de transporte: el conocido como impuesto de matrícula, que agrava con un 12 % al valor del barco y que se liquida ante la Agencia Tributaria, en el caso de barcos de más de 8 metros de eslora.
Los documentos de registro se emiten en polaco e inglés. El documento del registro de Polonia tiene formato de un carnet de DNI, lo cual es algo muy cómodo y práctico. La Carta de Pabellón que otorga el estado de Polonia para los barcos de recreo incluye información básica de la embarcación y su propietario. Es un documento con información similar a la que ofrece el Permiso de navegación de barcos con bandera española.
(a1) Matrícula o distintivo de amura (a2) Número CIN, número de serie o identificación (a3) Nombre del barco (a4) Puerto base en Polonia (a5) Navegación continental o marítima (a6) Propósito de la navegación (a7) Tipo de barco (motor o vela) (a8) Motor principal o auxiliar (a9) Eslora (a10) Manga máxima (a11) Calado máximo (a12) Número de cascos (a13) Número máximo de personas a bordo (a14) Categoría de diseño, máxima fuerza del viento y oleaje (b1) Fecha de registro (b2) Número de documento de registro (b3) Autoridad emisora
Para el nombre del barco se aceptan todos los nombres con letras latinas del alfabeto polaco con números arábigos y romanos. Al igual que si fuera un barco matriculado en España, ell nombre debe ser legible y no se pueden mostrar nombres que puedan herir sentimientos o resultar ofensivos, lógicamente.
Código | Significado |
---|---|
a1 | Matrícula o distintivo de amura |
a2 | Número CIN, número de serie o identificación |
a3 | Nombre del barco |
a4 | Puerto base en Polonia |
a5 | Navegación continental o marítima |
a6 | Propósito de la navegación |
a7 | Tipo de barco (motor o vela) |
a8 | Motor principal o auxiliar |
a9 | Eslora |
a10 | Manga máxima |
a11 | Calado máximo |
a12 | Número de cascos |
a13 | Número máximo de personas a bordo |
a14 | Categoría de diseño, máxima fuerza del viento y oleaje |
b1 | Fecha de registro |
b2 | Número de documento de registro |
b3 | Autoridad emisora |
c1 | Armador o propietario |
c2 | Nombre |
c3 | Apellidos |
c4 | Número de propietarios |
En fin, que si después de haber leído este humilde post te he convencido para lucir flameando al viento orgullosamente el pabellón polaco en la popa de tu barco, no dudes de que estarás librándote de una serie de absurdas regulaciones y trámites que encarecen tu afición y te obligan a cumplir con penosos trámites obsoletos. A mí me hizo el trámite mi amiga y excelente profesional Cristina Pauli Guiral. No te arrepentirás.
Dziękuję za przeczytanie tego postu i udostępnienie go. żyj Polsko!
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